Nuevas restricciones de circulación para el aglomerado Neuquén-Centenario-Plottier

A partir de la inclusión del conglomerado Neuquén-Plottier-Centenario dentro de las zonas de transmisión comunitaria del coronavirus por parte del gobierno de la Nación, el gobierno de la Provincia del Neuquén estableció nuevas restricciones a partir de la fase de la cuarentena que entra en vigencia este miércoles 1° de julio. Conocé todas las restricciones Leer más

PAS y aseguradoras: este es el Protocolo a cumplir que rige desde esta semana

Como lo adelantamos en el Newsletter especial (ver nota completa), se trata de una medida que rige en todo el territorio nacional, y aquellos que decidan volver a la actividad y dejar la cuarentena, deberán hacerlo cumpliendo y respetando el riguroso “Protocolo COVID-19 Para la Industria Aseguradora” elevado por las seis cámaras empresarias del seguro (AACS, ADIRA, ADEAA, AACMS, AVIRA y UART), el Sindicato de Seguros y FAPASA, y cuya última actualización fue la fechada el 11 de mayo pasado.

¿Qué dice el protocolo a seguir por Productores y a Aseguradoras, entre otros?

Este “manual” (ver PROTOCOLO COMPLETO) especifica las tareas a desarrollar y las modalidades de trabajo para las Aseguradoras, Reaseguradoras, Productores Asesores de Seguros, Brokers, Preventores y Verificadores de Siniestros.

Y detalla quienes quedan excluidos de realizar tareas, las modalidades de teletrabajo, las condiciones para la comunicación entre empresas y trabajadores y una serie de compromisos a asumir ante la situación actual.

PRODUCTORES Y BROKERS:

En AMBA (ya no se incluye al resto de los grandes centros urbanos) se definió el desplazamiento de los PAS de acuerdo al siguiente encuadre: Matrículas pares lunes y miércoles y Matrículas impares martes y jueves. No estarán autorizados ninguno de ellos los viernes. Se aclara que “esto sucederá siempre que las autoridades de aplicación jurisdiccional lo permitan de acuerdo a la vigencia de las reglamentaciones”.

Resto del país circulación sin restricciones, conforme a las normativas locales vigentes. Los PAS deberán priorizar el uso de transporte privado o medios individuales para circular, evitando los medios masivos o transporte público cuando ello sea posible.

OFICINAS DE ASEGURADORAS:

Se habilita en primera instancia al personal de mantenimiento de sistemas e instalaciones, necesario para el aseguramiento del teletrabajo. La atención al público, sólo con turno previo y cuando sea estrictamente necesario, para recibir consultas, cobranza, emisión y pago de siniestros, salarios y comisiones.

También se habilita al personal necesario para tasaciones, peritajes, liquidación de siniestros. Y al personal de Gerencias y niveles de decisión que requieran necesariamente gestión presencial, y los recursos humanos mínimos para llevar adelante las tareas indispensables para el funcionamiento de las compañías en la emergencia.

Para ello, habrá que respetar porcentajes máximos: Hasta un 10% en AMBA y hasta un 20% en el resto de las ciudades. En los Departamentos o Partidos de hasta 500.000 habitantes y siempre que no formen parte de aglomerados urbanos cuya población supere ese número, no rigen esos porcentajes y se habilita la posibilidad de operar con la totalidad del personal.

EXCLUSIONES:

Se aclara que quedan excluidos de esta flexibilización los mayores de 60 años; y/o trabajadoras con embarazo en curso; y/o quienes hayan ingresado al país proveniente del exterior en los últimos 14 días; y/o quienes hayan tenido síntomas compatibles con el virus en los últimos 14 días, y/o quienes hayan tenido contacto directo con personas ingresadas desde el exterior en los últimos 14 días, y/o quienes hayan manifestado síntomas compatibles con el coronavirus en los últimos 14 días, y/o quienes bien posean las enfermedades preexistentes de riesgo.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN:

En el protocolo, la industria aseguradora se compromete a fomentar y mantener lo máximo posible el trabajo remoto en esta coyuntura, notificar de forma urgente si el trabajador presenta síntomas compatibles con la enfermedad y cumplir con 19 puntos que hacen a la prevención del COVID-19, entre ellas: ingreso restringido del público relacionado a la capacidad operativa de la unidad; limpieza y desinfección cada una hora; aireación del inmueble; provisión de elementos de protección individual (alcohol en gel, barbijo, jabón líquido antibacterial); colocación de separadores/mampara, en los puestos de atención al público; campaña de afiches, señaladores, propaganda en medios tendientes al uso racional de las tecnologías a distancia; brindar al personal un kit de desinfección; usar barbijo en forma obligatoria; priorizar el uso de transporte privado cuando ello sea posible; se recomienda la medición de la temperatura corporal de los empleados al ingreso de la jornada laboral; habilitar jornadas flexibles de trabajo con el propósito de desalentar los traslados en horarios pico; e informar a la representación gremial, la cantidad de integrantes de los equipos rotativos que desarrollarán tareas en las distintas áreas.

La voz de la SSN y la SRT

La Superintendencia de Seguros de la Nación apoya la decisión implementada por el Gobierno Nacional e incentivada por la diversidad de actores del Mercado Asegurador. Al mismo tiempo, confía en que la industria está capacitada para volver a la actividad cumpliendo estrictamente con las disposiciones oficiales y garantizando, ante todo, la salud y seguridad de todos los trabajadores y trabajadoras”, señaló la SSN.

En el caso de la cartera que regula a las ART, vale recordar que sobre este protocolo hubo dos devoluciones formales por parte de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, primero estrictamente sobre las cuestiones que guardan relación con las medidas de prevención de daños derivados del trabajo (ver nota). Y este viernes 15 de mayo, otra nota de la SRT (ver CARTA OFICIAL) donde confirma que sus recomendaciones en términos generales fueron receptados y plasmados en el protocolo del sector. “El nuevo “Protocolo COVID-19 para la Industria Aseguradora”, del 11 del corriente, puesto a consideración de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo no merece reparos que formular”, destacan.

¡A volver a las calles, con la responsabilidad y cuidados del caso, más ahora que nunca!

Ya es oficial: El Sector Seguros pasa a estar exceptuado de la cuarentena

DECISIÓN ADM. JGM 810/2020.-

Se hizo esperar, pero finalmente se dio a conocer la norma que habilita nuevas actividades exceptuadas del aislamiento social obligatorio, entre ellas, el mercado asegurador, puntualmente, a las compañías y a los Productores de Seguros.

La Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros (cartera que encargada de dar los vistos buenos sobre estas flexibilizaciones) lleva la firma de Santiago Cafiero, además de la de Ginés González García, ministro de Salud. Fue rubricada este viernes 15 de mayo/2020 y publicada en el Boletín Oficial al día siguiente, sábado 15/5, por lo que ya está vigente.

Se da a conocer en un momento en el cual se empiezan a levantar las restricciones de forma más generalizada, con una circulación en las calles cada vez mayor, en un contexto que a la vez muestra un incremento en la tasa de contagios por COVID-19.

En la flamante norma se amplía el listado de actividades y servicios exceptuados en el artículo 6° del Decreto 297/20 y sus normas complementarias -es donde se contemplan las excepciones del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular- y es allí donde se incluye en esta flexibilización a:

  • Actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios.

Es importante remarcar que, tal como se desprende del artículo 2 de esta Decisión Administrativa, para el mercado asegurador la medida es para todo el territorio nacional -al igual que para el personal de la ANSES, profesionales y técnicos especialistas en seguridad e higiene laboral, y actividades de las concesionarias de los corredores viales nacionales, incluido el cobro de peaje, las cuales también pasan a estar excluidas a nivel país-.

Vale la pena diferenciarlo porque en el artículo 1 de esta norma, también se exceptúan de la cuarentena otras nuevas actividades, pero exceptuando al Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Como se dijo, en el caso de aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios en general (PAS, brokers, etc.), la habilitación es para toda la Argentina.

Naturalmente, se aclara que los desplazamientos de estas personas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados.

Y en todos los casos se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios y adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto. Sumado a esto, los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores.

Vale la pena resaltar que todo esto está contemplado en un riguroso “Protocolo COVID-19 Para la Industria Aseguradora” elevado oportunamente por las seis cámaras empresarias del seguro (AACS, ADIRA, ADEAA, AACMS, AVIRA y UART), el Sindicato de Seguros y FAPASA, siendo una tercera versión a uno presentado previamente. El que va a regir en línea con esta medida, es el presentado esta semana, el lunes 11 de mayo (ver ULTIMO PROTOCOLO APROBADO).

Incluso sobre el mismo hubo dos devoluciones formales por parte de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, primero estrictamente sobre las cuestiones que guardan relación con las medidas de prevención de daños derivados del trabajo (ver nota). Y este viernes 15 de mayo, otra nota de la SRT (ver NOTA OFICIAL) donde confirma que sus recomendaciones en términos generales fueron receptados y plasmados en el protocolo del sector. “El nuevo “Protocolo COVID-19 para la Industria Aseguradora”, del 11 del corriente, puesto a consideración de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo no merece reparos que formular”, destacan.

Lo cierto es que es una medida que esperaba hace tiempo el mercado asegurador, y no deja de ser una buena noticia en este contexto tan complejo. Esperemos que se lleve a cabo con la responsabilidad y los cuidados que esta difícil situación requiere.

Fuente: https://100seguro.com.ar/

Comunicado sobre el Seguro de Vehículos Automotores y/o Remolcados

Superintendencia de Seguros de la Nación

A raíz de diversas publicaciones y noticias que han circulado en los últimos días en el marco de la Emergencia Sanitaria y en relación al Seguro de Vehículos Automotores y/o Remolcados , la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) informa que no se ha emitido normativa alguna que obligue a las aseguradoras a aplicar descuentos y/o bonificaciones.

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Campaña Vacunación Antigripal

OSSEG y el Sindicato del Seguro inician una campaña de vacunación antigripal para todos los afiliados del país. Acercate a la delegación  que te corresponda según el domicilio declarado en la obra social.

Seccional Neuquén – Tte. Ibañez 215 – 0299-422760 – neuquen@osseg.org.ar Seccional General Roca – Maipú 1440 – 0298-4430241 – gralroca@osseg.org.ar Seccional Cipolletti – Urquiza 543 – 299-4774261 – cipolletti@osseg.org.ar    Seccional Bariloche – Mitre 278 – 0294-426115 – bariloche@osseg.org.ar

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